sábado, 29 de junio de 2013

PLAN EXODO 28, 29, 30 DE JUNIO Y 01 DE JULIO

PLAN EXODO 28, 29, 30 DE JUNIO Y 01 DE JULIO.
Restricción de vehículos de carga "para el puente festivo de San Pedro y San Pablo, del viernes 28 de junio al lunes 01 de julio de 2013, en la red vial nacional”.
Bogotá, 28 de junio de 2013: En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 3226 del 25 de mayo de 2012, y en concordancia a lo dispuesto en la resolución 0761 del 1 de abril de 2013, por el cual se crea el Comité Interinstitucional para la adopción y ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, se comunica a los gremios, asociaciones del sector Transporte, ciudadanos usuarios de la red vial nacional e interesados que la restricción a aplicar para  los vehículos de carga  será en las fechas y horas relacionadas a continuación:


Vías a restringir:
 
1.    BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA.
2.    BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.
3.    BOGOTÁ – TUNJA.
4.    BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
5.    BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT.
6.    BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
7.    MEDELLÍN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
8.    BOGOTÁ  - CHOACHÍ.
9.    BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)
10.  IBAGUÉ – ARMENIA – CALI.
11.  NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
12.  PASTO – CHACHAGÜÍ.
13.  BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
14.  BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
15.  SIBATÉ- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
16.  CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
17.  ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
18.  BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
19.  BUCARAMANGA –LA LIZAMA
20.  VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
21.  HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
22.  SANTA MARTA-BARRANQUILLA
23.  MONTERÍA -TOLÚ- COVEÑAS
24.  BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
25.  TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
26.  TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
27.  TUNJA-BARBOSA
28.  MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA
29.  MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL
30.  HATILLO-BARBOSA
31.  MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
32.  MANIZALES-LA MUANIELA-LA FELISA-LA PINTADA
33.  MANIZALES-CHINCHINÁ-SANTAROSA-PEREIRA
34.  PEREIRA-ARMENIA-RIOSUCIO
35.  PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA
36.  CALI-YUMBO-YOTOCO
37.  NEIVA-GARZÓN
38.  IBAGUÉ-HONDA
39.  PUERTO ARAÚJO-PUERTO BOYACÁ
40.  BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
41.  SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA
42.  BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO
43.  MONTERÍA-CERETÉ-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR)
44.  VILLAVICENCIO-CUMARAL
 
Consideraciones especiales en la vía Bogotá – Villavicencio y Bogotá – Girardot: Durante el puente festivo del viernes 28 de junio al lunes 01 de julio de 2013.
 
Por contingencia y mejoramiento de la movilidad en estos corredores viales a partir de las 14:00 horas hasta las 20:00 horas se volverá reversible en el sentido Villavicencio – Bogotá y Girardot – Bogotá desde la variante de  Melgar – Tolima hacia la ciudad de Bogotá, respectivamente. Igualmente ante el inminente aumento del flujo vehicular la medida se aplicará en la vía Tunja – Bogotá, a la altura del Puente de la Caro – Carrera 7ª hacia la capital del País, en las siguientes fechas:
 
LUNES
 
01-julio -2013
 
 
NOTA ESPECIAL 1: De ser necesaria la activación del reversible u otra medida de manejo de tráfico, en horario diferente al establecido, por necesidad de descongestión en las vías antes mencionadas, la Dirección de Tránsito y Transporte informará en vía a los usuarios y hará uso de cualquiera de estas medidas.
 
En los demás anillos viales que se realizan en el departamento de Cundinamarca iniciarán su implementación así:
 
Vía LA VEGA – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
 
Vía LA MESA (sector La Gran Vía) – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
 
NOTA ESPECIAL 2: Se autoriza a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional para implementar temporalmente modificaciones a los horarios contemplados en la resolución 3226 del 25 de mayo del 2012 y al presente comunicado especial, en determinadas vías o tramos viales que por sus características de movilidad requieran la implementación de la modificación de la medida.
 
NOTA 1: El día viernes 28 de junio de 2013, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la ciudad de Bogotá.
 
NOTA 2: El día lunes 01 de julio de 2013, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.
 
NOTA 3: El Instituto Nacional de Vías - INVÍAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, suspenden y no realizan obras en la red vial, durante la vigencia del presente comunicado.
 
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en el presente comunicado.
 
La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará el paso de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional. 
 
Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en el artículo 6 de la resolución 3226, “por la cual se establecen unas medidas de tránsito vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país en temporadas especiales y se dictan otras disposiciones”.
 
Original Firmado
 
Doctora AYDA LUCY OSPINA ARIAS
Directora de Transporte y Tránsito – Ministerio de Transporte
 
Original Firmado

Coronel JORGE ALEXANDER GALLEGO CHÁVEZ
Director de Tránsito y Transporte – Policía Nacional (E) 

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